General
Personal de vigilancia privada no puede registrar a los ciudadanos ni exigirles documentos
La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada recordó que la Fuerza Pública es la única autoridad facultada para hacer requisas personales.04 de Abril de 2011
Los integrantes de los servicios de seguridad privada no están autorizados para realizar registros ni exigirles la presentación de documentos a los ciudadanos.
Así lo advirtió la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, al resolver una consulta formulada a raíz de las requisas que los vigilantes de los almacenes de cadena les suelen hacer a los clientes de estos establecimientos.
La entidad recordó que la Fuerza Pública es la única autoridad facultada para hacer requisas personales e indicó que, dentro de los principios, deberes y obligaciones que rigen la prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada, está respetar los derechos fundamentales y las libertades de la comunidad, absteniéndose de asumir conductas reservadas a la Fuerza Pública.
En todo caso, precisó que los servicios de vigilancia privados pueden utilizar equipos de visión y detección, para realizar los controles que sean necesarios, sin hacer contacto con los ciudadanos.
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