Juez debe recurrir a elementos normativos para determinar cuándo se configura la falla del servicio (3:07 p.m.)
05 de Marzo de 2010
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Nota:
64236
La imputación fáctica o atribución material de la falla del servicio puede derivarse de la falta de intervención del Estado para evitar la afectación de la población, por ello, es el juez quien debe recurrir a elementos de tipo normativo, como la posición de garante, para determinar cuándo una consecuencia tiene origen en algún tipo de comportamiento y a quién se le endilga dicho daño. Con este argumento, el Consejo de Estado revocó una decisión del Tribunal Administrativo del Cesar y declaró administrativa y extracontractualmente responsable a la Nación por la muerte, en 1995, del personero de la población de San Alberto (Cesar), pese a que se anunció la situación de peligro que corrían los funcionarios del municipio. Señaló que no se puede hablar de una relativa falla del servicio, pues aunque el Estado no puede responder por hechos sobre los cuales no tiene control, existe daño antijurídico, por las consecuencias de una muerte violenta, que no tiene por qué ser asumida por sus seres queridos (C. P. Enrique Gil Botero).
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