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Cesación del procedimiento penal militar por ‘in dubio pro reo’ da lugar a indemnización por la privación de la libertad (2:10 p.m.)

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12 de Octubre de 2017

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La Sección Tercera del Consejo de Estado reiteró que la responsabilidad extracontractual de la administración puede resultar comprometida cuando, por ejemplo, al término del proceso penal la presunción de inocencia del sindicado se mantiene incólume, lo cual ocurre en los eventos en los que la absolución se origina en la aplicación del principio in dubio pro reo. Según el alto tribunal, esa circunstancia aplica, igualmente, para aquellas absoluciones que son proferidas por la justicia penal militar, como efectivamente ocurrió en el caso analizado. En efecto, en esta oportunidad la corporación confirmó la condena de responsabilidad por la privación de la libertad que sufrió un agente de policía, medida levantada una vez se dictaminó la cesación del proceso, por falta de pruebas que lo incriminaran del delito de concusión por el que había sido incriminado (C. P. Ramiro Pazos).  

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