Decretos reglamentarios únicosRegulan estructuración de proyectos de inversión y presentación ante los OCAD (10:25 a.m.)
105602
03 de Febrero de 2016
Escucha esta noticia audio generado con IA
El Departamento Nacional de Planeación adicionó el Decreto 1082 del 2015, con el fin de reglamentar los artículos 141, 196 y 197 de la Ley 1753 del 2015, sobre estructuración integral de proyectos de inversión, presentación de estos por parte del Gobierno a los órganos colegiados de administración y decisión (OCAD) y reconocimiento de los costos de estructuración por parte de los OCAD. Así, la primera sección se ocupa de la estructuración integral de las iniciativas, de la destinación y asignación de recursos, la canalización de los mismos a través de las entidades financieras y entrega de las estructuraciones, entre otras. Las entidades públicas de carácter financiero del orden nacional podrán incorporar recursos propios o de otras fuentes públicas o privadas para cofinanciar la estructuración de proyectos. Los dineros pueden provenir, entre otros, de entidades públicas, organismos multilaterales, cooperación internacional, capital de riesgo de entidades privadas o donaciones particulares. Por último, regula lo pertinente a la reinversión de los recursos reconocidos por el SGR por la estructuración de proyectos de inversión.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!