Decretos reglamentarios únicosProfesores en comisión de servicios en instituciones educativas de la fuerza pública podrán permanecer hasta que se produzca su retiro (11:19 a.m.)
03 de Enero de 2018
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Nota:
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Los docentes estatales que al 26 de noviembre del 2005 estaban en comisión de servicios, ejerciendo sus funciones en establecimientos educativos organizados por el Ministerio de Defensa, Ejército Nacional, Armada Nacional, Fuerza Aérea Colombiana y Policía Nacional, podrán continuar en su labor hasta que se produzca el retiro del servicio por cualquiera de las causales previstas en el artículo 68 del Decreto 2277 de 1979, el artículo 63 del Decreto 1278 del 2002 y las demás establecidas en la ley, dispuso el Ministerio de Educación, en reciente decreto. Por otro lado, explica que de presentarse el retiro de los referidos docentes, el cargo vacante será trasladado por la entidad territorial certificada en educación al establecimiento educativo oficial que lo requiera, de acuerdo con las necesidades del servicio.
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