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Decretos reglamentarios únicosAdoptan medidas para administrar y controlar la actividad de acuicultura (2:21 p.m.)

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10 de Septiembre de 2015

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El Ministerio de Agricultura acaba de adicionar el Decreto 1071 del 2015, único reglamentario del sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, en lo relacionado con la determinación de medidas para administrar, fomentar y controlar la actividad de la acuicultura. De esta manera, el Ejecutivo regula lo pertinente a la vocación para la acuicultura, cuya zona será aquella que reúna las condiciones científicas, ecológicas y técnicas para el cultivo de especies acuáticas. También regula lo pertinente a cultivo de especies nativas y foráneas; recolección de semillas y extracción de reproductores del medio natural; prelación para obtener semillas de bancos naturales. Así mismo, en un segundo capítulo se encarga de lo referente a acuicultura con especies objeto de domesticación. Por último, aclara que el incumplimiento de los requisitos fijados dará lugar a la imposición de las sanciones legales pertinentes por parte de la Aunap, así como a la cancelación del permiso para el desarrollo de actividades de acuicultura.

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