Decretos reglamentarios únicos Regulan conservación de calidad de acreedor hipotecario en el marco de operaciones de titularización (4:32 p.m.)
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19 de Junio de 2015
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El Ministerio de Justicia acaba de modificar, nuevamente, el decreto único reglamentario del su sector, para adicionar un capítulo al Título VI del Decreto 1069 del 2015, denominado conservación de la calidad de acreedor hipotecario en el marco de operaciones de titularización. Así, la norma señala que esta solo procederá en aquellos casos en los que al momento de la titularización se cumpla con los siguientes supuestos: que el crédito cedido esté amparado por una garantía hipotecaria abierta a favor del acreedor cedente, que la mencionada garantía hipotecaria esté inscrita en el folio de matrícula inmobiliaria del inmueble en el primer grado de prelación y que la cesión del crédito se haya realizado a favor de una sociedad titularizadora o fiduciaria en desarrollo de una operación de titularización. Igualmente, regula lo pertinente a la presentación y requisitos de la solicitud, estudio de la documentación y anotación en el folio de matrícula inmobiliaria e impuesto y derechos de registro, entre otros.
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