Decretos reglamentarios únicos Minambiente reajustó aspectos de la tasa retributiva del sector (1:30 p.m.)
29 de Diciembre de 2016
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Nota:
53389
La tasa retributiva es un instrumento económico que tiene su fundamento en la Ley 99 de 1993, posteriormente compilada en el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo sostenible. Así, la tasa retributiva por vertimientos puntuales es aquella que cobrará la autoridad ambiental competente al usuario por la utilización directa e indirecta del recurso hídrico como receptor de vertimientos y sus consecuencias nocivas, originada en actividades antrópicas o propiciadas por el hombre y actividades económicas o de servicios, sean o no lucrativas. Esta reforma busca reglamentar las condiciones bajo las cuales las autoridades ambientales verificarán los motivos que dan lugar al incumplimiento de las obras incluidas en el plan de saneamiento y manejo de vertimientos (PSMV) por razones no imputables a los prestadores del servicio público de alcantarillado, y que dan lugar a ajustar el cálculo de factor regional de la tasa retributiva. Así, el prestador del servicio público de alcantarillado podrá presentar ante la autoridad ambiental, durante el periodo objeto de cobro anual de la tasa retributiva y hasta 30 días calendario después, la solicitud que incluya los motivos que dieron lugar al retraso en las obras incluidas en el PSMV y ajuste del correspondiente factor regional. Una vez se haga el ajuste del factor regional y acorde con los motivos que fueron verificados para esos efectos, el prestador del servicio público de alcantarillado deberá presentar el ajuste del PSMV ante la autoridad ambiental, incluidas las cargas anuales y meta individual, para efectos de aprobación por parte de la autoridad ambiental. Conozca la reforma completa en el documento adjunto a la presente nota.
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