Decretos reglamentarios únicos Así fue organizado el funcionamiento de las comisiones regionales de moralización (10:27 a.m.)
18 de Octubre de 2017
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Nota:
58104
La Comisión regional de moralización estará conformada por los representantes departamentales de las siguientes entidades, quienes intervienen como miembros permanentes: (i) Procuraduría General de la Nación; (ii) Contraloría General de la República; (iii) Fiscalía General; (iv) consejo seccional de la judicatura que corresponda y (v) contraloría departamental, municipal y distrital. Esta instancia designará un presidente y un secretario técnico por un periodo de dos años, seleccionados del grupo de miembros permanentes de la comisión. Algunas de sus funciones serán: (i) coordinar en su respectivo territorio las acciones de los órganos de prevención, investigación y sanción de la corrupción; (ii) elaborar y adoptar el plan de acción bianual para dar cumplimiento a los lineamientos dados por la comisión y hacer seguimiento a su implementación (iii) promover acciones que permitan identificar riesgos en el manejo y en la ejecución de los recursos públicos para prevenir casos de corrupción y (iv) promover estrategias de formación y conocimiento de la normativa relacionada con la lucha contra la corrupción.
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