Declaran inexequible papel de la Unidad de Víctimas y de la URT en incidente de identificación de víctimas para reparar en Justicia y Paz (9:22 a.m.)
21 de Mayo de 2014
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Nota:
96598
La Corte Constitucional declaró inexequibles el incidente de identificación para la reparación a víctimas de grupos armados al margen de la ley y el papel que tienen la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas y la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas en los términos que dispone la Ley 1592 del 2012. A juicio del alto tribunal, estas actuaciones no pueden estar supeditadas a una actuación administrativa, sino que deben ser resueltas únicamente por vía judicial, como lo señalaba originalmente la Ley de Justicia y Paz. Para el alto tribunal, lo propio era aplicar la tesis de la Sentencia C-180 del 2014, según la cual es en el orden jurisdiccional que se deben definir los aspectos relacionados con los derechos a la verdad, la justicia y la reparación, so pena de desconocer garantías al debido proceso. En otra demanda estudiada por la Corte este martes, se ordenó estarse a lo resuelto en la presente decisión.
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