Declaran exequibles sanciones para conductores renuentes a la prueba de alcoholemia fijadas en el 2012 (2:35 p.m.)
16 de Diciembre de 2014
Reproducir
Nota:
98722
La Corte Constitucional declaró exequibles las sanciones a quienes no permitan que se les adelante la prueba de alcoholemia, pese a haber sido requeridos por la autoridad de tránsito (artículo 1º parcial de la Ley 1548 del 2012). La Sala Plena decidió acoger los mismos argumentos de la Sentencia C-633 del 2014, en la cual declaró constitucional considerar como origen de la falta impedir los exámenes físicos o clínicos relacionados con esta prueba, además de las multas allí establecidas (parágrafo 3º del artículo 152 de la Ley 769 de 2002, incorporado originalmente por el artículo 1º de la Ley 1548 del 2012 y subrogado por el artículo 5º de la Ley 1696 de 2013).
Opina, Comenta