Declaran exequibles sanciones a los conductores que se rehúsen a someterse a pruebas de alcoholemia (3:08 p.m.)
26 de Diciembre de 2014
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Nota:
98547
La Corte Constitucional declaró exequible el parágrafo 3º del artículo 1º de la Ley 1548 del 2012, que modificó el artículo 152 de la Ley 769 del 2002, sobre las sanciones que se les pueden imponer a los conductores que se rehúsen a someterse a pruebas de alcoholemia. Para la Corte, estas reglas no son contrarias a la presunción de inocencia ni infringen la garantía de no autoincriminación (artículos 29 y 33 de la Carta Política) (M. P. Mauricio González Cuervo).
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