Debate sobre pensiones de congresistasEsta es la sentencia que rechazó la demanda a la reforma de los topes pensionales (4:45 p.m.)
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05 de Septiembre de 2013
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La Corte Constitucional recordó que las demandas contra los actos legislativos solo proceden dentro del año siguiente a su promulgación (artículo 379 de la Carta Política) y la caducidad también aplica, por mandato del artículo 242 de la Constitución, a los vicios de forma. Según la sentencia, la acción pública de inconstitucionalidad contra el inciso 8º del Acto Legislativo 01 del 2005 se presentó extemporáneamente, en un término excesivo de 7 años y 5 meses después de su promulgación, razón por la que la Corte determinó vencido el término para activar el control de la reforma que estableció topes de hasta 13 salarios mínimos mensuales para el pago de mesadas pensionales (M. P. Mauricio González Cuervo).
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