Debate sobre la eutanasiaOrden de regular derecho a morir dignamente llevaría a Minsalud a actuar fuera de sus competencias: Procuraduría (8:55 a.m.)
21 de Abril de 2015
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Nota:
101051
Así se lo hizo saber la Procuraduría al Ministerio de Salud, al advertirle que la reglamentación del derecho a morir dignamente que la cartera anunció hace parte de las facultades exclusivas del Congreso. Para el Ministerio Público, la Sentencia T-970 del 2014, frente a la cual ese organismo solicitó su nulidad, estaría llevando a que la cartera actúe fuera de sus competencias, “en abierta contradicción del mandato constitucional de que este tipo de asuntos sean regulados por el legislador estatutario (artículo 152 de la Constitución) y del mandato legal según el cual las sentencias de tutela únicamente tienen efecto inter partes (artículo 48 de la Ley 270 de 1996 y Decreto 2591 de 1991). Para la procuradora delegada de asuntos de trabajo y seguridad social, Diana Margarita Ojeda, fue un exceso de esa misma naturaleza lo que llevó al Consejo de Estado a declarar la nulidad de los actos administrativos reglamentarios de la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo (IVE), ya que las circulares externas 03 del 2011 y 058 del 2009, expedidas por la Superintendencia Nacional de Salud, no estaban amparadas en una legislación. La salida que propone al organismo de control es que el ministerio informe a la Corte que no está en capacidad de cumplir el fallo por carecer de competencia.
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