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De 94.000 soluciones de vivienda, solo 20.000 beneficiarios son desplazados: Corte Constitucional (3:23 p.m.)

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06 de Marzo de 2015

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A juicio de la corporación, ello no solo es preocupante sino que denota el incumplimiento de la Sentencia T-025 del 2004 y sus autos de seguimiento, particularmente en lo relativo a la ejecución de los subsidios de vivienda para desplazados. Al considerar deficiente la manera como el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) ha venido proporcionando la información respecto a los derechos, deberes y mecanismos que hacen posible el acceso a los beneficios, la Corte le dio ocho meses para ajustar los instrumentos que crea conveniente disponer para que, a través de su página web y diversos mecanismos de atención al público, pueda garantizar el acceso a la información de los interesados, en los términos y exigencias de la Ley 1712 del 2014. También le concedió ocho meses a esa entidad y al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS) para que informen a la sala de seguimiento de la Sentencia T-025/04 las acciones que han emprendido para evitar que los desplazados convocados en el 2007 sigan siendo sometidos a un nuevo proceso de registro, pese a que sus solicitudes de subsidio estén  en la categoría de “calificadas” y “asignadas”; en ese sentido, recordó que el artículo 9º del Decreto - Ley 019 del 2012 prohíbe exigir trámites y documentos de los que ya haya registro en la respectiva entidad. A su vez, dice, las demandadas deberán aunar esfuerzos para finiquitar la entrega de los subsidios en especie que se encuentren pendientes e informar ante la ya referida sala de seguimiento el estado de cumplimiento de este fallo (en ocho meses) (M. P. Gloria Stella Ortiz).

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