Dane modifica metodologías relacionadas con precio de venta al público de licores, vinos aperitivos y similares
30 de Diciembre de 2022
En varias resoluciones, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane), se manifestó sobre metodologías en relación con el precio de venta al público de licores, vinos aperitivos y similares. De igual forma, sobre la definición el código único de cigarrillos y tabaco elaborado.
Resolución 0950 del 2019. Modifica la metodología que se describe en el documento técnico anexo denominado “Resumen Metodológico”, para la expedición de la certificación anual del precio de venta al público de licores, vinos, aperitivos y similares. Esta metodología adoptada hace parte integral de la presente resolución, para todos sus efectos.
Resolución 0951 del 2019. Modifica la metodología de imputación que se describe en el documento técnico anexo denominado “Metodología Imputación de Precio de Venta al Público de Licores, Vinos, Aperitivos y Similares - PVPLVA”, para los productos que no se encuentren incluidos en la certificación anual de precios publicada por el Dane.
Resolución 0925 del 2020. Esta resolución tiene por objeto definir el Código Único de Cigarrillos y Tabaco Elaborado, de acuerdo con lo establecido por el artículo 30 del Decreto-Ley 2106 del 2019. Para tal efecto, se define una extensión total del Código Único de Cigarrillos y Tabaco Elaborado de 16 dígitos.
Resolución 2194 del 2022. Por medio de esta resolución, se expidió la Certificación de Precio de Venta al Público de Licores, Vinos, Aperitivos y Similares (PVPLVA) para el año 2022 de los productos no incluidos en la certificación anual de precios publicada por este Departamento mediante Resolución 1675 del 30 de diciembre de 2021. Así mismo, se ordenó la publicación de la presente resolución en la página web del Dane y en el Diario Oficial.
Resolución conjunta 0924 del 2020. Esta resolución tiene por objeto definir el Código Único de Licores, Vinos, Aperitivos y Similares, de acuerdo con lo establecido por el artículo 30 del Decreto-Ley 2106 del 2019. Para tal efecto, se define una extensión total del Código Único de Licores, Vinos, Aperitivos y Similares de 20 caracteres numéricos. Esto, ya que se hace necesario definir por un medio idóneo el Código Único de Licores, Vinos, Aperitivos y Similares que ha sido determinado por el Dane y el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima).
En los documentos adjuntos a la nota podrán consultarse las tablas de la Resolución 0924 y de la 0925.
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