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02 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 26 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Dane crearía e implementaría el Sicode del sistema estadístico nacional

15 de Noviembre de 2023

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Nota:
168526

El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) publicó un proyecto de resolución, que crearía e implementaría el sistema de identificación y caracterización de oferta y demanda estadística (Sicode) del sistema estadístico nacional (SEN), que contendría los metadatos de las operaciones estadísticas y de los registros administrativos para el aprovechamiento estadístico. 

Este proyecto sería aplicable a las entidades del orden nacional y territorial integrantes del SEN, que son productoras o administradoras de operaciones estadísticas y responsables de registros administrativos, algunas de estas son: 

i) Pertenecientes a las ramas del poder público, en todos los niveles de la estructura estatal, central o descentralizada por servicios o territorialmente; del orden nacional, departamental, municipal y distrital. 

ii) Los órganos, los organismos o las entidades estatales independientes o autónomas de control. 

iii) Personas jurídicas que posean, produzcan o administren registros administrativos en el desarrollo de su objeto social, que sean insumos necesarios para la producción de estadísticas oficiales. (Lea: El PIB cayó 0,3 % en el tercer trimestre del 2023). 

iv) Quienes producen estadísticas oficiales, en el marco del SEN. 

En este sentido, el documento plantea que las entidades productoras o administradoras de operaciones estadísticas deberán reportar las creaciones y actualizaciones de estos, a través de los instrumentos dispuestos por el Dane en el Sicode. 

Para el reporte extraordinario, las entidades del SEN deberán reportar en el momento en que se produzca una de las siguientes novedades: 

i) La creación de una operación estadística o de un registro administrativo. 

ii) Cambios en algunas características de la operación estadística: objetivos, variables, indicadores, cobertura geográfica, desagregación temática, desagregación geográfica, periodicidad de recolección y difusión, unidad de observación y tipo de operación estadística. 

iii) Cambios en los datos de identificación, contacto o ubicación de la dependencia responsable o responsable técnico de la operación estadística o registro administrativo. 

Las entidades deberán realizar el reporte ordinario entre el 1° y 31 de agosto de cada año y el reporte extraordinario cuando se presente la novedad. 

Los interesados podrán enviar sus comentarios hasta el 24 de noviembre del presente año, a través de la página web de la entidad.  

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