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Dan a conocer las razones que confirman permanencia del magistrado Alberto Rojas en la Corte Constitucional (3:44 p.m.)

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01 de Junio de 2018

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La Sala Plena de la Corte Constitucional, a través de reciente comunicado, confirmó la tutela concedida en segunda instancia por una sala de conjueces de la Sección Segunda del Consejo de Estado que consideró se había incurrido en un defecto sustantivo y en otro  fáctico por parte de la Sección Quinta al haber anulado el acto de elección de Alberto Rojas Ríos como magistrado del máximo juez de la alta corporación. La magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado y los magistrados Carlos Bernal Pulido y Luis Guillermo Guerrero Pérez salvaron su voto, puesto que, contrario a lo decidido por la mayoría, consideraron que los defectos alegados por el accionante no se demuestran en este caso. La conjuez Catalina Botero Marino compartió el sentido de la decisión, pero a su juicio la causal específica de procedibilidad de la acción de tutela contra la sentencia judicial se configuró por defecto orgánico, al carecer el Consejo de Estado de competencia para estudiar la nulidad de un acto electoral suyo (M. P. Cristina Pardo).

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