Cuatro magistrados dicen que Corte Constitucional no puede examinar tratados aprobados por leyes anteriores a Carta de 1991 (10:31 a.m.)
01 de Octubre de 2013
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Nota:
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Los magistrados Mauricio González, Luis Guillermo Guerrero, Gabriel Eduardo Mendoza y Nilson Pinilla se opusieron a la decisión de la Corte Constitucional de declararse competente para examinar tratados aprobados mediante leyes expedidas antes de la Constitución de 1991. Adicionalmente, consideraron que aunque esa alta corporación sí guarda facultades frente al examen de esos instrumentos, antes de votar la respectiva adhesión, en este caso la Convención contra la utilización de armas biológicas (Ley 80 de 1980), el plazo ya había caducado, pues a su juicio también debe existir un límite temporal para ejercer el control, como en el caso de la actuación legislativa interna, cuando se aleguen vicios formales. La magistrada María Victoria Calle, por su lado, aclaró el voto, por oponerse a la tesis mayoritaria según la cual los aspectos formales debían ser evaluados de acuerdo a los parámetros de la Constitución de 1886. A su juicio, no le compete a la Corte Constitucional pronunciarse respecto al texto ya derogado, entre otras cosas porque su existencia se debe, precisamente, a la Carta de 1991 (M. P. Alberto Rojas).
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