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CREG falla en conflicto sobre el pago de energía reactiva

Si el autogenerador controla el voltaje y el operador no indica cómo hacerlo se entenderá coordinación y aplicará la exención de pago.
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21 de Marzo de 2023

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La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) emitió su decisión arbitral en un pleito sobre la interpretación del contrato de conexión a la red eléctrica, en lo referente al cobro de transporte de energía reactiva. Se trata de una controversia entre la Central Hidroeléctrica de Caldas y el Ingenio Risaralda. 

 

 

Cabe resaltar que la energía reactiva es aquella que ocupa capacidad de las redes que es utilizable por los usuarios finales; es decir, energía que genera importantes reacciones de ida y vuelta por el uso de grandes motores, bombas hidráulicas, transformadores, entre otros equipos comunes en algunas empresas.  

 

 

Según la CREG, en estos casos, cuando el autogenerador o cogenerador tenga un dispositivo que controle los niveles de tensión o voltaje y la empresa de energía operadora de la red eléctrica no le haya señalado cómo se debe configurar el dispositivo, se dará por entendido que hubo una coordinación entre la empresa y el usuario autogenerador, por lo que se aplicará la exención de pago por energía reactiva en la factura.  

 

 

La comisión recuerda que el funcionamiento de cualquier equipo a instalar a una red eléctrica determinada debe tener en cuenta los parámetros de operación que el operador de red responsable considere de manera objetiva y comprobable para evitar abusos de posición dominante. La CREG prepara una resolución definitiva con las reglas de la coordinación entre la empresa operadora y el usuario autogenerador para el control del transporte de energía reactiva. (Lea: Presidente no podía asumir competencia para regular régimen tarifario de los servicios públicos: Consejo de Estado) 

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