Crean mecanismo de registro para evitar fraude en el programa de protección al ingreso cafetero (2:22 p.m.)
23 de Octubre de 2013
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Nota:
92582
El Ministerio de Agricultura determinó los requisitos que deben cumplir los compradores del mercado interno del café cuyas facturas o documentos equivalentes, expedidos por compras a los caficultores, serán admitidos como prueba del hecho generador del apoyo objeto del programa de apoyo al ingreso del caficultor (AIC). Así, y de acuerdo con la nueva norma, las facturas de compra o documentos equivalentes emitidos por personas naturales que no tengan establecimientos de comercio debidamente registrados o que pertenezcan al régimen simplificado de IVA, precooperativas y las personas jurídicas que hayan sido sujeto de imputaciones de fraude anteriormente estarán excluidos para tramitar dicho subsidio. La norma fijó cinco documentos que los compradores que deseen ser autorizados deben entregar a la Federación Nacional de Cafeteros, dentro de un plazo inicial de cinco días hábiles. Estos documentos deberán ser entregados en las sedes de los comités departamentales de cafeteros más cercanos a la sede de los compradores.
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