Crean comités especiales de conciliación en las direcciones seccionales de la Dian (11:46 a.m.)
04 de Junio de 2015
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Nota:
101774
A través de la Resolución 0052, la Dian indicó que el comité de conciliación y defensa judicial tiene competencia para decidir sobre las peticiones de conciliación en procesos contencioso administrativos en materia tributaria, aduanera y cambiaria cuya representación judicial esté a cargo de la Subdirección de Gestión de Representación Externa, y sobre las solicitudes de terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos, en las mismas materias, sobre los cuales se hayan fallado recursos en la Subdirección de Gestión de Recursos Jurídicos y fueren susceptibles de terminación por mutuo acuerdo. Para efectos de la aplicación de los artículos 55 y 56 de la Ley 1739 del 2014, la entidad creó en cada dirección seccional de impuestos, de impuestos y aduanas y de aduanas los comités especiales de conciliación y terminación por mutuo acuerdo. Así mismo, definió su conformación y competencias. Por otra parte, reguló el trámite de las solicitudes de conciliación.
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