Corte Suprema restringe facultad de árbitros para imponer condiciones de contratación a empleadores (10:48 a.m.)
16 de Enero de 2013
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Nota:
85631
En fallo dado a conocer recientemente, la Corte Suprema de Justicia sostuvo que los tribunales de arbitramento no están facultados para imponer modalidades de contratación y otras condiciones de vinculación de trabajadores a los empleadores. Indicó que en sus determinaciones tampoco pueden coartar su libre gestión organizativa y administrativa, al limitar horarios y jornadas laborales. La Sala Laboral recordó el contenido de la Sentencia 37677 del 2009, en la que precisó que “se trata de una injerencia inaceptable del Tribunal de Arbitramento en un ámbito que la ley y la jurisprudencia han respetado sin dubitación alguna, esto es, la libertad del empleador para convenir con sus trabajadores la forma y términos que, ajustados a la ley, a bien tengan darle a la relación laboral”. Al referirse a decisiones arbitrales en las que se prohíbe el cambio de turnos o señalamientos similares, la corporación indicó que, según la Sentencia 36926 de ese mismo año, el árbitro no puede “coartar su libertad (del empleador) de dirección y organización de la empresa” (M. P. Francisco Javier Ricaurte).
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