Corte Suprema reconoce autonomía de la Corte Constitucional para valorar perfil profesional de candidato a Contralor General (10:15 a.m.)
27 de Octubre de 2014
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Nota:
98133
La Corte Suprema de Justicia determinó que la Corte Constitucional, como nominadora de candidatos a la Contraloría General, goza de autonomía e independencia para valorar el perfil profesional de quien tenga esa aspiración. Lo anterior porque el artículo 267 de la Constitución no impone ningún dictado en este sentido y no establece como requisito conocimientos específicos en el área de control fiscal; en esa disposición, recordó, tan solo se le impone a los aspirantes ser colombianos de nacimiento en ejercicio de su ciudadanía, superar los 35 años de edad y tener un título profesional o haber ejercido como profesor universitario durante al menos cinco años. En ese sentido, recordó que la propia Corte Constitucional le impuso al legislador limitaciones para establecer requisitos adicionales, como lo hizo en la Sentencia C-592 de 1995, que declaró parcialmente inexequible el artículo 59 de la Ley 48 de 1993, por exigir un título profesional en ciencias económicas como requisito para ocupar el cargo. Con argumentos como este, la Sala desestimó ilegalidades en la nominación como candidato del actual Contralor, Edgardo Maya. Frente a ese proceder, precisó, haberlo incluido nuevamente en la lista de elegibles pese a haber sido eliminado en una primera ronda electoral obedeció a una facultad contenida en el artículo 77 de su reglamento interno (M. P. Gustavo Hernando López).
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