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Corte Suprema explica características del error de hecho por falso juicio de existencia (2:18 p.m.)

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27 de Diciembre de 2013

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La Corte Suprema de Justicia sostuvo que el error de hecho por falso juicio de existencia impone al actor demostrar que el juez ignoró pruebas trascendentales o que se apoyó en inexistentes y demostrar que dejándolas de lado o incorporándolas, según corresponda, se conduciría a una conclusión diferente a la esbozada por el fallador. De allí que, si el actor ubica la materialización del falso juicio de existencia en una errada valoración de pruebas que conduce al juez a no admitir la duda a favor del reo, se admitiría que las pruebas fueron incluidas, lo que evidenciaría, a su vez, la inexistencia del error que a este le adjudica. Si al exponer el mismo cargo, el casacionista alude a un desconocimiento de la sana lógica y de las reglas de la experiencia, terminaría describiendo un error por falso raciocinio, que es propio de un error de derecho, cuando lo que intentaba era demostrar un error de hecho por falso juicio de existencia. Así, dice la providencia, un recurso que se caracterice por estas falencias y que además no ponga en evidencia que en realidad se produjeron las equivocaciones, no pasa de ser un alegato en torno a la conclusión probatoria del sentenciador, que debe ser inadmitido (M. P. Leonidas Bustos).

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