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Noticias / General


Corte Suprema declara ilegal el paro de trabajadores de la salud contra la reforma al sector (9:50 a.m.)

09 de Octubre de 2014

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Nota:
63772
Como ilegal calificó la Corte Suprema de Justicia el cese de actividades de trabajadores de la salud que, en el año 2013, se efectuó por el trámite de la reforma legal al sector. Aun cuando fue parcial, dice, la cesación en la prestación de servicios esenciales viola derechos indelegables que debe garantizar el Estado. Añadió que, en estos casos, no es necesario que se materialice el riesgo, pues la sola posibilidad de causar perjuicios constituye, per se, una afectación a los bienes jurídicos aquí protegidos. Con estos argumentos, la Sala Laboral declaró ilegal el paro protagonizado por profesionales de la salud en el 2013, quienes amparados por los condicionamientos a los artículos 429 y 450 del Código Sustantivo del Trabajo, relacionados con la posibilidad de cesar actividades como respuesta negativa a una política pública relacionada con el sector en el que se desenvuelva la prestación del servicio, acudieron a una suspensión parcial de actividades. Indicó que los artículos 56 de la Constitución y 430 del Código Laboral ya referidos salvaguardan el derecho a huelga, salvo frente a los servicios públicos esenciales definidos por el legislador, que es precisamente el estatus que le ofrecen a la salud los artículos 48 y 49 superiores; el artículo 450 del mismo CST, añadió, tacha de ilegal el paro que protagonicen quienes presten servicios públicos esenciales (M. P. Clara Cecilia Dueñas).

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