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Corte Suprema aclara alcances de la opción de compra de acciones que Carulla Vivero les ofreció a sus empleados (11:21 a.m.)

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29 de Agosto de 2014

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La Corte Suprema de Justicia estableció que la opción de compra de acciones de la firma Carulla Vivero para sus empleados podía ser ejercida en vigencia del respectivo contrato de trabajo. Así, si la manifestación del interesado se daba con posterioridad a la terminación del vínculo laboral, la mencionada opción estaría prescrita. No es cierto, en consecuencia, que el derecho pudiera ejercerse hasta varios años después de finiquitado el contrato, aunque el acuerdo de venta permitiera hacerlo hasta cuatro años después de iniciado tal vínculo contractual, toda vez que esto último estaba supeditado a la vigencia de aquel.

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