Corte se inhibe frente a norma que regula apelación a medidas sustitutivas de pena privativa de libertad (1:49 p.m.)
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24 de Octubre de 2014
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La Corte Constitucional se inhibió de examinar de fondo la norma que establece la apelabilidad de las decisiones de los jueces de ejecución de penas frente a medidas sustitutivas de privaciones de la libertad. Según el texto demandado, estas determinaciones pueden ser atacadas, en segunda instancia, ante el juez de origen que haya emitido la sentencia en primera o única instancia (artículo 478 de la Ley 906 del 2004). Según la decisión, el actor no demostró por qué la norma viola el derecho al debido proceso, previsto en el artículo 29 de la Constitución, y las condiciones establecidas en el artículo 31 para apelar sentencias judiciales. La Procuraduría también consideraba que la demanda no reunía los requisitos para accionar el control de constitucionalidad (M. P. Jorge Iván Palacio).
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