Corte recuerda flexibilidad de requisitos para pensión de invalidez por incapacidad adquirida desde el nacimiento (11:52 a.m.)
27 de Marzo de 2013
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Nota:
87174
La Corte Constitucional calificó de inadmisible la negativa de las EPS a otorgar la pensión de invalidez a personas discapacitadas desde su nacimiento con el argumento de que la pérdida de su capacidad laboral superior al 50 % fue diagnosticada desde antes de su afiliación al sistema de seguridad social. “Si se aceptara esta interpretación, se estaría admitiendo que a las personas que nacieron con discapacidad, por razón de su especial condición, no se les debe garantizar la posibilidad de procurarse por sus propios medios una calidad de vida acorde con la dignidad humana”, dice la providencia. A su vez, precisó que es desproporcionado exigir a este tipo de personas cotizar 50 semanas en los tres años anteriores a la estructuración de la discapacidad. Pese a estas previsiones, la Sala consideró que en el caso concreto no se producía este fenómeno, debido a que la accionante laboró y aportó al sistema de seguridad social durante varios años. La alta corporación determinó que aun cuando un concepto médico haya determinado que la accionante nació con una disminución de su capacidad laboral superior al 50 %, la fecha de estructuración de la discapacidad debe ser la misma en la que solicitó la valoración, lo que la hacía merecedora al reconocimiento de su derecho por los parámetros legales ya reconocidos y no gracias a línea jurisprudencial construida por la Corte ante la ausencia de normas que protegieran la situación de personas con discapacidad adquirida desde su nacimiento (M. P. María Victoria Calle).
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