13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Corte explica por qué principio de favorabilidad aplicado a régimen de inhabilidades no cobija al exgobernador del Chocó (3:33 p.m.)

12 de Febrero de 2014

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Nota:
95108
La Corte Constitucional explicó que el principio de favorabilidad establecido en la Sentencia SU-515 del 2013 solo se refiere a una modificación del régimen de inhabilidades que no tiene aplicación en materia penal. Así, sostuvo, si lo que pretendía la defensa del exgobernador del Chocó Luis Gilberto Murillo era que se dejara sin efecto la nulidad de su elección, decidida por el Consejo de Estado, no podía hacerlo alegando favorabilidad en materia penal. En este caso, dice, no existía equivalencia, pues la decisión del alto tribunal estaba basada en una sentencia penal que lo inhabilitó de por vida para la función pública. Así, la modificación del tipo de peculado por destinación oficial diferente, que ya no establecía ese tipo de castigo, podría encerrar la aplicación de favorabilidad penal, luego la eficacia o no de esa determinación debería ser decidida por el juez penal, escapando de la competencia del juez contencioso y del constitucional (M. P. Luis Ernesto Vargas).

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