Corte explica por qué anuló acción popular que se negó a estudiar viabilidad de peatonalización de camino a parque La Florida (2:50 p.m.)
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29 de Noviembre de 2013
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La Corte Constitucional determinó que el juez contencioso incurre en un defecto fáctico al negarse a acceder a las pretensiones de un actor popular basado en una errónea valoración de las pruebas. Con estos argumentos, la Sala Plena determinó que el operador sí debía analizar las solicitudes relacionadas con la peatonalización de una zona que comunica al barrio Engativá Centro con la vía de entrada al parque La Florida. La máxima instancia constitucional determinó que no toda el área referida por el demandante hacía parte de la zona de manejo y preservación ambiental del humedal Jaboque y, por lo tanto, el despacho de origen sí estaba obligado a verificar si la restante parte del trayecto puesto en debate por el actor sí debía dar lugar a la intervención de la administración, para la construcción de andenes, pavimentación y la adecuación de cicloruta, ya que el área fue excluida de un plan de priorización adelantado por el Distrito Capital (M. P. Gabriel Eduardo Mendoza).
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