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Corte Constitucional sí puede pronunciarse sobre actos legislativos no promulgados: magistrados Palacio y Rojas (2:00 p.m.)

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30 de Julio de 2013

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Los magistrados Jorge Iván Palacio y Alberto Rojas consideraron que la Corte Constitucional sí está facultada para determinar si el Presidente de la República puede objetar actos legislativos acusando inexequibilidad y si tiene la capacidad de convocar a sesiones extras para archivar dichas reformas. Solo así, precisan, se habría podido determinar si la forma como se produjo el hundimiento de la reforma a la justicia se dio de acuerdo a preceptos avalados por la Constitución. Pese a que coincidieron con la necesidad de declararse inhibidos frente a la demanda, los juristas no compartieron la posición de la Sala Plena según la cual esta no es competente para pronunciarse sobre actos legislativos que no han sido promulgados. A su juicio, las decisiones del jefe del Ejecutivo de objetar la iniciativa y convocar a extras para finiquitar el hundimiento del proyecto se ajustaban a la Carta Política (M. P. Nilson Pinilla).

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