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Corte Constitucional se abstiene de confirmar orden para investigar a EPS que negaron IVE (4:35 p.m.)

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15 de Enero de 2014

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En fallo que acaba de darse a conocer, la Corte Constitucional se abstuvo de mantener la orden impartida al Ministerio de la Protección Social y al Tribunal de Ética Médica para investigar a las instituciones de salud que, según un juez de tutela, violaron los derechos a la salud y a la vida de una mujer por negarse a practicarle un aborto, pese a que su salud estaba en riesgo. Aunque la criatura nació en medio del trámite de este expediente, en fallo de segunda instancia se reconoció que la actora se enfrentaba a uno de los tres casos en los cuales la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) carece de punibilidad. Teniendo en cuenta que antes del fallo de primera instancia la accionante dio a luz a su hijo, y a pesar de que el operador de segundo grado concedió el amparo y ordenó las ya referidas indagaciones, la máxima instancia constitucional concluyó que se trataba de un hecho superado, de ahí que careciera de objeto impartir órdenes con base en una protección que perdió eficacia por la consumación de la vulneración, dice la providencia, que fue presentada en el 2011 pero cuyo trámite finalizó en el 2013 (M. P. Gabriel Eduardo Mendoza).

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