Corte Constitucional recuerda deberes del Estado para con comunidades vulnerables que invaden bienes fiscales (9:10 a.m.)
04 de Febrero de 2014
Reproducir
Nota:
95291
La Corte Constitucional concluyó que se viola el derecho a la vivienda digna cuando la administración ordena el desalojo de personas en alto grado de vulnerabilidad que ocupan de manera ilegal un bien fiscal, si no se les ofrece una alternativa que les permita suplir el déficit que padecen. De ahí que deba garantizarles habitación en albergues, mientras se soluciona su problema de vivienda, propósito que debe estar mediado por la inclusión de los afectados en los planes de interés social que ofrezca el Gobierno Nacional. En el caso concreto, la corporación determinó que los accionantes deben acudir a la jurisdicción ordinaria para que determine si su presencia en tales bienes fiscales, en los que dicen haber adelantado labores de vigilancia, derivó en una relación real de trabajo en torno de la cual no han recibido remuneración; en todo caso, la Corte ordenó reubicar a las víctimas e incluirlas en planes de vivienda (M. P. María Victoria Calle).
Opina, Comenta