Corte Constitucional pide legislar sobre prohibición de huelga para trabajadores petroleros (1:27 p.m.)
31 de Octubre de 2014
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Nota:
98007
Aunque declaró exequible la norma que impide la huelga en la producción de hidrocarburos destinados al abastecimiento de combustible interno, la Corte Constitucional exhortó al legislador a regular la aplicación de esta restricción para los operarios del sector, literal h) del artículo 430 del Código Sustantivo del Trabajo. El presidente del alto tribunal, Luis Ernesto Vargas, destacó que ha sido reiterativo el llamado de ese organismo al Congreso para que establezca claramente cuáles los actividades en las cuales resulta razonable restringir esta garantía laboral. Desde esa perspectiva, indicó, el legislador tiene dos años para decidir si se atiene a esta exhortación, que busca que se delimite con precisión el ámbito en el que no será posible la concreción del derecho a huelga en este sector de la economía. Tres de cinco magistrados que apoyaron la tesis se opusieron a ella, principalmente por considerar que ha sido excesiva la restricción a la protesta social que se ha impuesto a través de normas como esta.
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