Corte Constitucional llama la atención sobre el manejo de información de antecedentes penales (2:54 p.m.)
14 de Septiembre de 2012
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Nota:
83368
La Corte Constitucional tuteló el derecho al hábeas data de 13 ciudadanos que ya habían cumplido sus penas o estas habían prescrito y, sin embargo, su certificado de antecedentes judiciales expedido por el entonces Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) contenía la leyenda “Registra antecedentes, pero no es requerido por la autoridad judicial”. Para la Corte, la vulneración del derecho al hábeas data se concreta en permitir que terceros tengan acceso indiscriminado, inorgánico y no acorde con una finalidad clara y precisa establecida en la Constitución o la ley a información sobre antecedentes penales. Adicionalmente, el alto tribunal previno al Ministerio de Defensa y los organismos de policía para que eviten que cualquier persona sin interés legítimo pueda conocer o inferir la existencia de antecedentes penales de aquellas personas que hayan cumplido la pena, o cuya pena se encuentre prescrita. Finalmente, exhortó a la Procuraduría, Defensoría del Pueblo y Congreso de la República para que promuevan un proyecto de ley estatutaria relacionada con el régimen a que debe someterse la administración de las bases de datos personales relacionadas con antecedentes penales (M.P. Adriana María Guillén Arango).
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