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Noticias / General


Corte Constitucional hace precisiones frente a aspiraciones electorales del exvicepresidente Garzón (4:25 p.m.)

30 de Septiembre de 2014

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Nota:
63592
En respuesta al exvicepresidente Angelino Garzón sobre las condiciones en las que sería viable su candidatura a una alcaldía, la Corte Constitucional sostuvo que pese a que sus facultades son jurisdiccionales, no consultivas, en la actualidad se encuentra vigente la figura de la doble militancia, que obliga a quien aspire a migrar hacia otra colectividad política a renunciar 12 meses antes de abrirse las inscripciones para las respectivas elecciones. El presidente del alto tribunal, Luis Ernesto Vargas, recordó que esa corporación declaró exequible esa disposición, fijada en el artículo 2º de la Ley 1475 del 2011 (Sentencia C-490 del 2011). Frente a la postulación de las candidaturas por medio de la recopilación de firmas que la respalden, sostuvo que la Sala Plena juzgó que se trata de un mecanismo razonable y, pese a que la norma originalmente consagraba la modalidad para las organizaciones con personería jurídica, la Corte determinó que existió una omisión legislativa relativa, al no incluir a los movimientos que carecieran de la mencionada personería. Finalmente, sostuvo que, en aplicación del artículo 21 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA, Ley 1437 del 2011), es necesario remitir los interrogantes de Garzón al Consejo Nacional Electoral, ya que no es la Corte Constitucional sino este organismo administrativo el encargado de absolver esta consulta.

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