Corte Constitucional hace advertencias ante aplicación de Tratado de asistencia jurídica mutua de Colombia y México (3:33 p.m.)
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17 de Febrero de 2014
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La Corte Constitucional advirtió que la trasmisión espontánea de información que se genere en aplicación del Tratado de asistencia jurídica mutua establecido entre Colombia y México, mediante la Ley 1590 del 2012, debe darse con estricto apego a los derechos a la intimidad y buen nombre de las personas involucradas. Esto porque el artículo 15 de la Constitución no solo concede esas garantías a la ciudadanía sino que ordena al Estado colombiano respetarlas y hacerlas respetar. No obstante, al considerar que el trámite en el legislativo siguió las exigencias de ley y que el acuerdo se adecúa a las exigencias del establecimiento de tratados internacionales y otros fines constitucionales, como el fortalecimiento de la administración de justicia, el alto tribunal declaró exequible el instrumento (M.P. Mauricio González).
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