Corte Constitucional explica por qué se inhibió en demanda que buscaba proteger supuestos derechos del que está por nacer (8:10 a.m.)
26 de Septiembre de 2014
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Nota:
63216
Al poner en duda que el ser que está por nacer sea sujeto de derechos, la Corte Constitucional se abstuvo de examinar de fondo la demanda a la norma que exceptúa de sanción penal la fecundación de óvulos humanos para la investigación científica o para fines terapéuticos en favor de otros seres humanos (artículo 134 parcial de la Ley 599 del 2000). La Corte sostuvo que el actor parte de la base de que el nasciturus es sujeto de derechos y que, bajo esta concepción, la norma desconocía sus garantías, pero concluyó que esa interpretación fallaba al criterio de certeza. La Procuraduría había sugerido la inconstitucionalidad de la norma y había solicitado exhortar al Legislativo a regular el tema (M. P. Luis Guillermo Guerrero).
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