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Corte Constitucional explica por qué impuso topes a indemnización de trabajadores provisionales despedidos sin justa causa (2:32 p.m.)

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06 de Agosto de 2014

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La Corte Constitucional determinó que era necesario ajustar el monto de la indemnización a la que tienen derecho los trabajadores provisionales despedidos sin justa causa al daño verdaderamente padecido. De ahí que fijara un tope a partir de un mínimo de seis meses de salario dejados de percibir desde el despido, que es la duración máxima que la Ley 909 del 2004 le ofrece a ese tipo de plaza laboral, hasta un máximo de 24 meses, a fin de evitar un pago excesivo y desproporcionado en relación con el verdadero perjuicio. Para la corporación, era necesario limitar un nuevo desarrollo de la jurisprudencia asumida en la Sentencia SU-691 del 2011, que imponía al juez anular los actos de desvinculación de los empleados en provisionalidad que carecieran de motivación, dando lugar al reintegro y el pago de salarios dejados de percibir hasta el momento del fallo. La unificación obedece a acciones de tutela que interpusieron exfuncionarios del DAS y la Fiscalía que perdieron su empleos en estas condiciones. Los magistrados Gloria Stella Ortiz, Luis Ernesto Vargas y María Victoria Calle anunciaron que, eventualmente, presentarían aclaraciones (M. P. Luis Guillermo Guerrero).

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