Corte Constitucional explica por qué declaró inexequible la reforma al arancel judicial (11:20 a.m.)
26 de Marzo de 2014
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Nota:
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La Corte Constitucional determinó que la regulación del arancel judicial comprendida en la Ley 1653 del 2013 constituía una contribución parafiscal que afectaba de manera desproporcionada el acceso a la administración de justicia, explicando así por qué la declaró inexequible. Pese a que aclaró que no se trataba de una materia reservada a legislación estatutaria, sostuvo que esta reforma violaba los principios de equidad, progresividad, justicia y excepcionalidad que deben caracterizar ese tipo de tasas. Según la Sala Plena, si bien la norma imponía quiénes y qué tipo de procesos eran responsables de la contribución, ello no contemplaba una realidad económica que la justificase. Expresó que sujetar el monto a la condena no tenía relación con la renta, determinación de la riqueza, propiedades o consumo del contribuyente, que son los elementos que deben tenerse en cuenta frente a diseños legislativos de esa naturaleza. A su juicio, la disposición imponía regresiones en el sistema tributario y daba lugar a que pretensiones dinerarias cuantiosas legítimas no fuesen reclamadas ante la justicia, debido a la incapacidad de pago del actor. Añadió, así mismo, que esta nueva regulación era innecesaria, pues ya existían los medios para impedir la interposición de acciones judiciales temerarias. Cabe precisar que esta decisión no deja sin efectos el cobro del arancel judicial, creado por la Ley 1285 del 2009 pues la norma declarada inexequible había derogado su primera regulación, contenida en la Ley 1394 del 2010 (M. P. María Victoria Calle).
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