Corte Constitucional estableció salvedades para la entrada en vigencia de acuerdo aéreo de Colombia con EE UU (2:35 p.m.)
19 de Marzo de 2014
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Nota:
95871
Pese a que declaró como ajustado a la Carta Política de 1991 el tratado de transporte aéreo firmado por Colombia y EE UU (Ley 1600 del 2012), la Corte Constitucional aclaró que este no podía tener vigencia transitoria sin la aprobación del Congreso. Pese a que la plataforma recibió el visto bueno en términos generales, la Sala declaró inconstitucional el artículo 18, que ordena la entrada en vigor del instrumento a partir de la última nota de intercambios diplomáticos anunciando el agotamiento de los mecanismos de aprobación del convenio. El alto tribunal consideró que no se daban las condiciones excepcionales de aplicación provisional del convenio, antes de ser ratificado por el legislador, en tanto que la entrada en vigencia de estos instrumentos por la simple aprobación del Ejecutivo está sujeta a que haya sido acordada en el ámbito de algún organismo internacional (M. P. Mauricio González).
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