Corte Constitucional establece parámetros para que participantes de concursos regulados por la CNSC puedan contrastar respuestas (8:15 a.m.)
12 de Agosto de 2015
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Nota:
103718
La Corte Constitucional concluyó que la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) debe permitir que los participantes en concursos de méritos a su cargo puedan contrastar la contestación a los respectivos exámenes con las respuestas correctas de las pruebas, pero sin afectar la cadena de custodia. Así, indicó, la entidad debe diseñar un procedimiento en el que participen funcionarios de la entidad responsable del concurso, para que únicamente el participante pueda conocer su contenido. Recordó que las pruebas son reservadas, al tenor de los artículos 31 de la Ley 909 del 2004 y 34.4 del Decreto Ley 765 del 2005, excepto para las personas autorizadas por la CNSC, en curso del trámite de reclamación (M. P. Jorge Iván Palacio).
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