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Corte Constitucional declara exequible improcedencia de apelación por decisiones de jefes de entes territoriales (10:30 a.m.)

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25 de Abril de 2013

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La Corte Constitucional le dio su visto bueno a la norma que impide apelar decisiones de los representantes legales y jefes superiores de entidades y organismos territoriales, tras declarar exequible el artículo 74 del Código de Procedimiento Administrativo (inciso 3º del numeral 2º de la Ley 1437 del 2011). Para la corporación, la norma respeta la autonomía de las entidades territoriales en la gestión de sus intereses y se acoge a las condiciones que hacen restrictivo el principio de la doble instancia. Según la Sala Plena, se dispone de otros recursos para atacar este tipo de determinaciones, como lo son la reposición y la respectiva demanda ante la jurisdicción contenciosa (M. P. Mauricio González Cuervo).

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