Corte Constitucional declara exequibilidad y cosa juzgada de funciones de vigilancia atribuidas a DNDA (3:22 p.m.)
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10 de Febrero de 2014
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La Corte Constitucional determinó que aunque las funciones de vigilancia atribuidas a la Dirección Nacional de Derechos de Autor (DNDA) ya habían hecho tránsito a cosa juzgada a través de la Sentencia C-851 del 2013, era necesario declarar exequibles los apartes demandados del artículo 2º del Decreto-Ley 2041 de 1991. La Sala Plena determinó que, pese a que los cargos eran equiparables, lo propio era declarar la constitucionalidad, dado que lo que se juzgaba entonces estaba contenido en la Ley 44 de 1993. Los magistrados Mauricio González y Alberto Rojas salvaron el voto, al considerar que no era procedente declarar nuevamente la constitucionalidad, pues lo que salía a la luz era que ya existía un pronunciamiento de fondo en la materia. Por su parte, Nilson Pinilla anunció que aclarará el voto (M. P. Luis Guillermo Guerrero).
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