Corte Constitucional aplica principio de favorabilidad disciplinaria y revoca sentencia del Consejo de Estado (9:30 a.m.)
02 de Agosto de 2013
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Nota:
90415
La Corte Constitucional revocó una sanción de pérdida de investidura decretada por el Consejo de Estado, aplicando el principio de favorabilidad disciplinaria que, a su juicio, debió prevalecer por una modificación al régimen de inhabilidades para diputados. Aunque consideró que la decisión del alto tribunal contencioso no adolecía de defecto alguno, debido a que se basaba en la violación de una inhabilidad de 24 meses para integrar la administración del ente territorial que se aspirara a representar, el hecho de que el legislador hubiese reducido posteriormente el término a la mitad hacía necesario declarar la cesación de los efectos de la sentencia, que decretó la inhabilidad permanente para ocupar cargos de elección popular a la funcionaria afectada. La Sala Plena precisó que, en el momento de proferirse el fallo, el artículo 32 de la Ley 617 del 2000 establecía la limitación de dos años, de ahí que la determinación fuera legítima. Sin embargo, dice la Corte, la reducción del término a un año, hecha en el parágrafo 3º del artículo 29 de la Ley 1475 del 2011, genera la necesidad de aplicar el principio de favorabilidad disciplinaria.
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