Corte concluye que sí es competente para examinar formalmente leyes aprobatorias de tratados anteriores a la Constitución (11:02 a.m.)
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26 de Septiembre de 2013
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La Corte Constitucional concluyó que aunque un tratado internacional haya sido aprobado por una ley anterior al texto superior, su Sala Plena guarda competencia para examinarlo de fondo. Con esos argumentos adelantó un análisis integral del protocolo contra la utilización de armas biológicas, firmado en 1925, y lo declaró exequible (Ley 10 de 1980).Para la corporación, el trámite aprobatorio se ajusta a los parámetros exigidos por la Constitución y se justifica, debido a que pretende restringir métodos de guerra, en el marco del DIH, y propende por el cuidado del medio ambiente. Los magistrados Mauricio González, Luis Guillermo Guerrero, Eduardo Mendoza y Nilson Pinilla salvaron el voto, por considerar que la Corte carecía de competencia para ejercer el control formal de la ley, en tanto que María Victoria Calle aclaró su voto. La Procuraduría había solicitado declarar constitucional la norma.
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