Corresponde al Ministerio de Transporte determinar necesidades y demanda insatisfecha de movilización
19 de Agosto de 2022
De acuerdo con lo previsto en el artículo 2.2.1.4.5.4 del Decreto 1079 del 2015, sobre determinación de necesidades y demanda insatisfecha de movilización, corresponde al Ministerio de Transporte desarrollar los estudios de oferta y demanda, determinar las necesidades y demanda insatisfecha de movilización y adoptar las medidas conducentes para su satisfacción.
Por lo tanto, no es viable que acepte estudios elaborados directamente por las empresas de transporte. No obstante, aclaró la entidad, previo a la expedición del Decreto 198 del 2013, por el cual se suprimen, trasladan y reforman trámites en materia de tránsito y de transporte, los estudios podían ser presentados por las empresas de transporte.
De manera que en el evento en que los estudios hayan sido presentados por las empresas de transporte con anterioridad a dicha norma, los mismos deberán ser analizados por parte de la dependencia competente para determinar si cumplen con los requisitos establecidos en la Resolución 3202 de 1999.
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