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Copropiedad no puede oponerse a la construcción de redes para el acceso a gas (10:50 a.m.)

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26 de Diciembre de 2013

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Teniendo en cuenta que el servicio de gas es público y esencial, la copropiedad no puede oponerse a la construcción de redes para el acceso al mismo, más si se dan las condiciones técnicas y de seguridad necesarias para el suministro, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos. Toda persona que habita o utiliza permanentemente un inmueble tiene derecho a recibir los servicios públicos domiciliarios, siempre que tenga la capacidad para celebrar contratos de condiciones uniformes. Sin embargo, este derecho no es absoluto, pues tiene límites en la prevalencia del interés general y la defensa de otros bienes jurídicos de orden constitucional, como la protección a un ambiente sano, el ordenamiento urbano, seguridad, salubridad y orden público, recordó la entidad.

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