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Convalidación de títulos propios obtenidos en el exterior no puede negarse sin examen académico o aplicación de un caso similar (4:15 p.m.)

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02 de Septiembre de 2013

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La Corte Constitucional determinó que la negativa a convalidar un título académico obtenido en el exterior con el único argumento de que este sea propio es caprichoso y arbitrario. Sostuvo que, en estos casos, el Ministerio de Educación no se puede limitar a expresar consideraciones relativas a la validez del título sin antes analizar si es posible aplicar el criterio del caso similar, es decir, que se acoja a situaciones ya resueltas por la misma autoridad, o adelantar una evaluación académica del respectivo título. El alto tribunal revocó la decisión de la cartera de negarse a convalidar el título máster en gestión turística obtenido por un ingeniero colombiano en la Universidad de las Islas Baleares (España), ordenándole a la demandada adelantar el filtro que omitió. La sala precisó que la misma entidad ya ha aceptado centenares de solicitudes de convalidación de títulos propios alcanzados en el mismo país, pese a que sus autoridades los hayan diferenciado de los oficialmente reconocidos (M. P. Luis Guillermo Guerrero).

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